Con el objetivo de generar mejores condiciones para la creación, funcionamiento y fortalecimiento de las empresas forestales comunitarias, y abrir una discusión más profunda sobre los retos y el futuro de la política nacional de desarrollo forestal sustentable, el senador Salomón Jara Cruz busca modificar diversos artículos de Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
La propuesta del senador del partido Morena plantea que se establezcan instrumentos de estímulo fiscal, así como esquemas especiales y diferenciados de tributación que tomen en cuenta las características específicas, actividades y necesidades de las empresas sociales forestales, así como promover el diseño y la aplicación de esquemas especiales y diferenciados de tributación que tomen en cuenta las características específicas, actividades y necesidades de las empresas sociales forestales.
En su exposición señala que Oaxaca es la entidad con la mayor diversidad biológica del país, tercer lugar en superficie arbolada y tercer lugar nacional en producción maderable, al alcanzar, en 2018, 624 mil 937 metros cúbicos al año, solo por debajo de Durango y Chihuahua.
De acuerdo con el estudio: Las empresas sociales forestales en México. Claroscuros y aprendizajes, publicado por el Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible, AC., la superficie forestal primaria de Oaxaca representa 24% del total estatal (2.2. millones de hectáreas) y la secundaria 42% (4 millones), mientras que el promedio nacional era de 23%. La población rural de Oaxaca representa más de la mitad de la población total, con cerca de 53%, y más de 40% de su población económicamente activa se dedica a las actividades agropecuarias y forestales (INEGI, 2014), lo que resalta la importancia del sector primario en la entidad.
En Oaxaca hay 1,537 núcleos agrarios, de los cuales 835 son ejidos, con 1.6 millones de hectáreas en total y 1,916 hectáreas en promedio, y 702 son comunidades, con un total de 6.2 millones de hectáreas y 8,831 hectáreas en promedio. En conjunto ocupan 7.8 millones de hectáreas, equivalentes a 83% del territorio estatal.
El interés colectivo es un factor común en la generalidad de las comunidades forestales oaxaqueñas, toda vez que éstas privilegian el interés de la mayoría sobre el interés individual.
Debe resaltarse la importancia que para los núcleos agrarios tiene la generación de empleos para sus integrantes y la obtención de recursos económicos para financiar obras de beneficio social (escuelas, sedes municipales, hospitales), prestaciones (seguridad social, pensiones a los ancianos, becas a los jóvenes) y acciones en favor de sectores comunitarios (instalaciones deportivas para jóvenes, iglesias para diferentes cultos, etcétera).
La producción forestal maderable en Oaxaca depende fundamentalmente de las comunidades y los ejidos, ya que en conjunto obtienen alrededor de 80% del volumen total aprovechado, correspondiente sobre todo a coníferas y en menor medida a encinos. En Oaxaca hay más de 70 comunidades que realizan el aprovechamiento forestal maderable, de las cuales casi todas cuentan con alguna empresa forestal comunitaria. Destacan las regiones Sierra Sur, Sierra Norte, Valles Centrales, Mixteca, Sierra Sur-Yautepec y Costa.
Mención aparte merecen las excesivas cargas fiscales que desalientan la actividad industrial comunitaria. Los impuestos que deben pagar las empresas forestales comunitarias han sido una carga desde hace más de veinte años. Por las diversas reformas hacendarias, los montos que las Empresas Forestales Comunitarias deben de cubrir han sido cada vez mayores, de modo que muchas de ellas se han visto presionadas para poder mantener en funcionamiento sus aserraderos.
Dado que los frutos de la actividad forestal en todo el país no son sólo para los comuneros o las comunidades, sino también para toda la sociedad en general, debido a que implican la continuidad de importantes servicios ambientales, como la conservación del agua, la biodiversidad y la captura de carbono, el objeto de la presente iniciativa es el de respaldar la demanda histórica de las empresas forestales comunitarias, a efecto de que se diseñe y promueva una nueva política fiscal en materia forestal.