- Propone senador Eduardo Cervantes que estos vehículos no excedan un peso de más de 66.5 toneladas y una longitud de 31 metros de largo
México ocupa el séptimo lugar a nivel mundial por decesos por siniestros viales y más de 28 mil de ellos son a causa del uso inadecuado del doble remolque, advirtió el senador Eli César Eduardo Cervantes Rojas.
Con el objetivo de anteponer la seguridad y la vida de las personas que circulan diariamente en las carreteras, el legislador de Morena presentó una iniciativa para regular la circulación del autotransporte de carga de doble remolque en el territorio nacional.
El proyecto, que modifica la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, establece que para que los vehículos de carga doblemente articulados puedan transitar por carreteras de jurisdicción federal, no deberán exceder un peso de más de 66.5 toneladas y una longitud de 31 metros de largo.
Cervantes Rojas explicó que el principal problema recae en las características que poseen estos vehículos de carga, ya que su peso, dimensiones y la velocidad a la que transitan dichas unidades hacen más riesgoso su desplazamiento por las carreteras.
En caso de un frenado de emergencia, advirtió, el camión requiere de al menos siete segundos y un margen de 100 metros de espacio libre para que este mecanismo resulte efectivo para evitar un choque.
Nuestro país permite la circulación de autotransportes de carga de doble remolque con excesivos parámetros de peso y dimensiones; esto, dijo, origina un aumento en la probabilidad de accidentes carreteros fatales, con afectación ineludible para el estado mexicano y sobre todo para la población.
Cervantes Rojas reconoció que estas unidades son el medio dominante para el traslado de mercancías que se producen y se consumen en el territorio nacional. Sin embargo, consideró importante perfeccionar las directrices legales que actualmente se encuentran establecidas para su regulación.
La iniciativa fue turnada de manera directa a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.