El agua es un compuesto esencial para la vida misma, es necesaria para llevar a cabo las actividades diarias para el sustento de los seres humanos, tales como la ganadería, la agricultura, los procesos industriales, etc. Sin embargo, el mal manejo de este recurso, su contaminación, el crecimiento poblacional, entre otros aspectos, han ocasionado que actualmente exista un déficit del líquido vital a nivel mundial.
Mi Estado, Baja California Sur se encuentra en medio de un paisaje que combina mar y desierto y cuenta con una riqueza de recursos naturales única; sin embargo, en cuanto a recursos hídricos, la presencia de lagos, ríos o manantiales es limitada. A lo anterior se suma la baja precipitación pluvial, con lo que la recarga de los mantos acuíferos es insuficiente.
Dado lo anterior es necesario que el gobierno estatal en coordinación con los gobiernos municipales trabaje en alternativas que tengan por objeto solucionar el problema de la falta de agua y garantizar el derecho humano de las y los sudcalifornianos a tener acceso al vital líquido. Una de esas alternativas es la desalinización, que es un proceso de tratamiento del agua por el cual el agua del mar o agua salobre se convierte en agua potable para poder suministrar a la población con mayores dificultades de acceso a agua dulce.
Recordemos que desde el pasado 1 de septiembre el Congreso Local aprobó con 15 votos a favor, 3 en contra y una abstención el dictamen con proyecto mediante la cual el H. XIII Ayuntamiento de Los Cabos, Baja California Sur, solicita autorización para llevar a cabo el proyecto para la construcción de una planta desalinizadora de agua de mar. Ahora el paso siguiente es que el Gobernador Carlos Mendoza Davis cumpla con su obligación y publique el decreto correspondiente en el Boletín Oficial del Estado.
Dada la situación anterior presento este Punto de Acuerdo con el que el Senado de la República recomienda al Gobernador del Estado de Baja California Sur, Carlos Mendoza Davis, a que publique en el Boletín Oficial el decreto del proyecto mediante la cual el H. XIII Ayuntamiento de Los Cabos, Baja California Sur, solicita autorización para llevar a cabo el proyecto para la construcción de una planta desalinizadora de agua de mar. A fin de garantizar a las y los sudcalifornianos el acceso al agua potable, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° Constitucional y se pronuncia a favor del derecho humano al agua de los ciudadanos en el Estado, haciendo efectivos los derechos humanos de las y los sudcalifornianos, consagrados en las recientes reformas hechas por el Congreso del Estado.