Del Sen. Américo Villarreal Anaya a nombre propio y del Sen. Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario Morena, con punto de acuerdo que exhorta a la Comisión Nacional de Seguridad en materia de acciones para combatir comunicaciones ilícitas a través de equipos terminales en centros penitenciarios.
FUE CONSIDERADO DE URGENTE RESOLUCIÓN Y APROBADO.
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD, EN MATERIA DE ACCIONES PARA COMBATIR COMUNICACIONES ILÍCITAS A TRAVÉS DE EQUIPOS TERMINALES EN CENTROS PENITENCIARIOS.
El que suscribe, Dr. Ricardo Monreal Ávila, senador de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del partido morena, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 65, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 8, fracción II, y 276, numeral 1, del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta Soberanía proposición con punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES
Es bien conocido que en muchos centros de readaptación social de nuestro país se suscitan actos de corrupción que permiten a determinados internos llevar a cabo actos delictivos hacia el exterior, como lo es la extorsión telefónica, que causa un grave perjuicio a quienes son víctimas de ese ilícito, dada la violencia psicológica que se utiliza para provocar temor y hacer caer en el engaño, lo que finalmente lleva a la pérdida de la seguridad y patrimonio personal.
Por lo que hace a las extorsiones que provienen del interior de los penales, los internos recrean un escenario muy cercano a la realidad con lo cual logran convencer a la mayoría de las víctimas de que efectivamente sucede lo que les hacen creer, y caen finalmente en el engaño urdido por delincuentes profesionales que, aun recluidos, tiene la posibilidad de incurrir en tales conductas, solapados por funcionarios corruptos que avalan y propician condiciones para que el delito se cometa.
En la sesión del Pleno del Senado de la República realizada el día 4 de octubre del año en curso, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) presentó ante esta Soberanía el Informe Anual de Resultados del Comité Especializado de Estudios e Investigaciones, para el periodo comprendido entre junio de 2017 y junio de 2018.
En ese informe se presentan los resultados e investigaciones realizadas por un Comité Especializado, coordinado por el IFT, con la finalidad primordial de aportar soluciones en materia de tecnología, para un mejor combate de aquellos delitos en los que se emplean como medio los equipos de telecomunicaciones.
En ese documento se da cuenta, en principio, de que el avance en materia de telecomunicaciones ha traído grandes beneficios para la sociedad, de tal forma que tanto la telefonía móvil como internet se han convertido en herramientas necesarias para la vida diaria de las personas. No obstante, se señala de manera puntual que este avance tecnológico también ha ocasionado “daños colaterales negativos”, pues los instrumentos tecnológicos se han venido empleando cada vez más para la realización de conductas delictivas, lo cual “afecta a la gran mayoría de los países y sus habitantes”. [*]
Es precisamente respecto al uso de aparatos de comunicación –como el teléfono celular– para la comisión de delitos, particularmente desde el interior de los centros de readaptación social, que esta proposición con punto de Acuerdo pretende llamar la atención de esta Cámara de Senadores.
Así, nos referimos nuevamente a los resultados que arroja el referido estudio presentado por un Grupo de Trabajo de Concesionaros participantes en el Comité Especializado de Estudios e Investigaciones en Telecomunicaciones, en el que se da puntual seguimiento a la investigación llevada a cabo en el año 2016 respecto a los equipos móviles que operan al interior de siete centros de readaptación social de varias regiones del país, seleccionados como muestra, con una población aproximada de 20,000 internos.
Según consta en el documento de referencia, sólo en la primera semana del levantamiento se identificaron “947 equipos terminales sospechosos”, calificados de esa manera por estar conectados a la radio base más cercana al penal, por el número atípico de llamadas salientes y en función del índice promedio de intensidad de uso para realizar llamadas. [*]
Es de destacar lo que señala más adelante el citado análisis, pues advierte que “el uso generalizado de equipos dentro de los siete penales, relacionados a la radio base de al menos una empresa, evidencia la inutilidad de los equipos bloqueadores de señal instalados” [*], situación que es reportada cada semana al Organismo Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social.
Continúa el estudio dando cuenta de que existen penales (de la muestra) que reportan un gran número de equipos móviles en su interior, hasta 522, y las llamadas por equipo cada semana llegan a superar las 91, dando un promedio semanal superior a las 40,000, lo que refleja el grado alto de actividad delictiva que se lleva a cabo mediante el uso de esos aparatos.
De acuerdo con el análisis que se comenta, la problemática por interno desborda toda proporción, ya que en la muestra se advierten ejemplos como el de 18 usuarios que efectuaron más de 300 llamadas, y nueve, con más de 500 llamadas cada uno, e inclusive un usuario que llegó a realizar 2,457 llamadas durante el periodo de muestreo.
Sólo para rematar estos escandalosos datos, se concluye que el conjunto de equipos sospechosos ubicados en los siete centros penitenciarios de la muestra fueron origen de 219,700 llamadas, lo cual, al año, arroja un número de 3.7 millones de llamadas, cifras impactantes que dan una idea muy clara del grado de corrupción al interior de los centros de readaptación social, que permite la comisión de estas actividades hasta los extremos señalados.
No es posible que la sociedad que fue víctima de los delitos cometidos por quienes se encuentran internos en los centros de readaptación social, continúe viéndose afectada gravemente por los mismos sujetos, ahora a través de extorsiones telefónicas planeadas y realizadas desde las mismas celdas de reclusión.
Definitivamente, quienes incurren en tan oprobiosa conducta no podrían desplegar una actividad delictiva tan intensa si no contaran con la complicidad de funcionarios que operan al interior de los centros penitenciarios, lo cual debe ser combatido por las autoridades penitenciarias y de procuración de justicia, para así salvaguardar la seguridad de la población.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Soberanía el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional de Seguridad, a través del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, a efecto de que:
A) Instrumente un programa que reduzca al máximo la introducción de equipos terminales al interior de los centros penitenciarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 15, fracción VI, de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
B) Lleve a cabo la adecuación de los equipos bloqueadores de señal a los parámetros y especificaciones técnicas establecidos en la Disposición Técnica IFT~Ol0-2016, a fin de que se dé cumplimiento a lo previsto en la fracción VIII del artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
C) Se dé cumplimiento efectivo a lo dispuesto en el artículo 3 de los Lineamientos de Colaboración entre Autoridades Penitenciarias y los Concesionarios de Servicios de Telecomunicaciones, así como a lo previsto en las Bases Técnicas para la Instalación y Operación de Sistemas de inhibición.
D) En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 14 y 15 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, presente las denuncias que correspondan por actos de corrupción detectados al interior de los centros de readaptación social, relacionados con la materia de la presente proposición.
Salón de sesiones del Senado de la República a los 11 días del mes de octubre de 2018.
Suscribe
SEN. Dr. Ricardo Monreal Ávila
[*] Instituto Federal de Telecomunicaciones, Informe Anual de Resultados del Comité Especializado de Estudios e Investigaciones, para el periodo comprendido entre junio de 2017 y junio de 2018, pág. 3.
[*] Op. cit. pág. 2.
[*] Ídem.