Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Impulsa senador Ricardo Monreal protección a flora y fauna silvestre

  • Se sancionará a quien provoque agonía, sufrimiento temporal o prolongado.

     

En nuestro país, el marco legal en materia de defensa de los animales es insuficiente e inadecuado, ya que la legislación vigente no contempla a muchas especies y no considera otros aspectos de la relación humano-animal, especialmente el maltrato.​

Ante este panorama, el senador Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, impulsa una iniciativa para proteger a los ejemplares de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada o en peligro de extinción.

La propuesta busca sancionar a quienes, sin causar la muerte, provoquen sufrimientos temporales o prolongados, procesos de agonía a los animales; por tortura, mutilación o mate a un animal.

Además, herir, golpear o matar a un animal innecesaria o cruelmente, dejar mascotas en automóviles en condiciones peligrosas, sobrecargar u explotar a los animales de trabajo, y transportar o confinar animales de manera cruel o imprudente.

Mediante la iniciativa se pretende tipificar el delito de crueldad y maltrato hacia los animales en el Código Penal Federal, con modificaciones a los artículos 419 Ter y 419 Quáter.

El también presidente de la Junta de Coordinación Política consideró que el Senado se suma al esfuerzo de activistas, legisladores, académicos y amantes de los animales, en favor de quienes evitan el sufrimiento de los animales.

“La capacidad de una nación para hacer valer el Estado de Derecho no se mide exclusivamente a través del respeto hacia los derechos de las personas. El respeto a la vida de todo ser vivo debe ser visto como un elemento fundamental de cualquier país que se considere partidario de los derechos humanos”, señaló el senador de Morena.

Las penas por maltrato serán de seis meses a dos años de prisión; una multa de $8,448.00 a $25,347.00 pesos mexicanos; y el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo. ​Las sanciones señaladas podrán aumentarse en una mitad cuando se ponga en peligro la vida del animal.

Cuando se provoque la muerte de algún animal, la pena será de uno a tres años de prisión y multa de $16,898.00 a $42,245.00 pesos mexicanos.​

Senado de la República
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