Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Erradicar “alegatos de oídas”, plantea iniciativa de Ricardo Monreal

  • Que la entrevista de ambas partes con el juez del caso se haga a través de audiencia pública, propone.

Para contribuir a la transparencia e imparcialidad en los procesos judiciales en nuestro país, el senador Ricardo Monreal Ávila presentará ante el Pleno del Senado una iniciativa para erradicar la práctica conocida como “alegato de oídas”, que son reuniones en privado entre una de las partes de un juicio y el juez, sin que la parte contraria esté presente.

La iniciativa del Coordinador del Grupo Parlamentario de Morena se refiere a una reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y a la Ley de Amparo, para que se establezca en el artículo 131 la prohibición de la mala práctica que impide que las partes de un juicio se enfrenten en igualdad de circunstancias.

“Es parte de nuestro compromiso por impulsar un sistema de procuración de justicia que garantice a los ciudadanos procesos imparciales, donde no tengan cabida manejos irregulares que se realicen en la oscuridad y tiendan a generar sentencias a modo de una de las partes”, detalla el legislador morenista en su propuesta.

Indica, además, que la entrevista conjunta de las partes con los órganos jurisdiccionales se haga a través de una audiencia pública, para evitar que se desarrollen fuera del proceso y sin ningún control.

Si bien, señala el senador, la Constitución Federal prevé la prohibición respecto de los juicios del orden penal que se llevan de acuerdo con el sistema acusatorio, dicha restricción no es aplicable a otras materias.

Al incorporar la prohibición en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aplicará en los distintos espacios jurisdiccionales del ámbito federal, se agrega en la propuesta.

Destaca el morenista que las características primordiales de todo juzgador son la honestidad, imparcialidad y la independencia; por lo que, apuntó Monreal Ávila,  es preciso que las partes tengan plena certeza de que la decisión que se asume en un juicio no es producto de la corrupción o de la preferencia por alguna de las partes.

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