Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Con fallo del TEPJF, nos asiste la razón jurídica y moral, celebra Ricardo Monreal

  • La legalidad se impuso en el caso del proceso interno de Morena para elegir integrantes de la Mesa Directiva del Senado, destaca.

El senador Ricardo Monreal Ávila recibió la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que revoca la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, que invalidaba la convocatoria del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado para la elección de los nuevos integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara Alta.

El coordinador de las y los senadores de Morena celebró que el fallo fuera emitido por unanimidad contra la determinación de anular la elección interna de la bancada.  “Nos asistió la razón jurídica y moral. La legalidad se impuso” resaltó.

La sentencia del Tribunal es favorable para el coordinador de Morena y la senadora Mónica Fernández Balboa, quienes impugnaron la resolución de dicha Comisión, el pasado 30 de agosto.

Señala que la impugnación interpuesta por ambos legisladores tiene como objetivo controvertir la resolución emitida por la Comisión, debido a que violenta la autonomía, independencia y funcionamiento del Senado de la República. 

El TEPJF aseveró que esa Comisión carece de competencia formal y material para conocer y resolver de asuntos relacionados con el derecho parlamentario, como los actos emitidos por los Grupos Parlamentarios para integrar la Mesa Directiva del Senado. 

Advirtió que la posible intromisión de un partido político en asuntos que competen de forma exclusiva al Poder Legislativo “justifica la intervención de esta Sala Superior para resolver el asunto”. 

“Se debe tutelar que los partidos políticos ajusten su conducta a los principios constitucionales que los rigen, así como aquellos que se sustentan en el sistema democrático e institucional del Estado, como lo es la división de poderes”, subraya la sentencia. 

Señaló que si bien las normas de organización y funcionamiento de una bancada podrían considerarse como parte de la vida interna de un partido político, “lo cierto es que las determinaciones, que tales Grupos Parlamentarios y sus legisladores, decidan en el ámbito de su función legislativa corresponden al derecho parlamentario, por lo que quedan fuera de todo control partidista”.

En otra sentencia, el Tribunal resolvió reencauzar este juicio electoral a un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

Ello, “toda vez que los actores reclaman una resolución emanada de un partido político, aduciendo que afecta su derecho a ejercer el cargo para el que fueron electos”, por lo que se precedió a reencauzar este juicio por ser la vía procedente e idónea para resolver la controversia planteada.

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