Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Coadyuva la senadora Rocío Abreu en la igualdad de género dentro del ámbito político

· En el pasado proceso electoral se suscitaron 237 agresiones contra mujeres; la FEPADE solo abrió seis carpetas de investigación por violencia de género

Con la finalidad de alcanzar una igualdad real de las mujeres en el ámbito político electoral, la senadora del Grupo Parlamentario Morena, Rocío Adriana Abreu Artiñano, propone realizar adiciones al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Al considerar el contexto de la violencia política en contra de las mujeres, Rocío Abreu señala que estos aspectos estructurales obstaculizan el ejercicio de derechos y constituyen un reflejo de la discriminación y de los estereotipos de como son y como deben comportarse en el ámbito político.

La legisladora argumenta que tan solo durante el proceso electoral de 2014-2015, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), reportó 38 casos de violencia política contra las mujeres en 8 entidades del país.

La también presidenta de la Comisión Jurisdiccional sostiene el alarmante incremento, pues en el pasado proceso electoral se suscitaron 237 agresiones contra mujeres que participaban en el ámbito político en el país, del total, 127 fueron intimidaciones y amenazas; 29 lesiones dolosas y 23 asesinatos, sin embargo, la FEPADE solo abrió seis carpetas de investigación por violencia de género.

“Alzamos la voz por las compañeras que en el camino se han quedado en la búsqueda de hacer realidad un país más justo, nos unimos por aquellas que, como yo, han sufrido en carne propia la ferocidad de estas prácticas que violentan nuestras capacidades” expresa la legisladora Abreu Artiñano.

Asimismo, la senadora morenista llama a que se construya un sistema político más fortalecido desde el ámbito legislativo para erradicar la violencia y dar garantía de los derechos políticos-electorales de las mujeres.

La senadora señala los vacíos legales y considera como violencia política de genero las acciones y omisiones, incluida la tolerancia, que causen daño físico, psicológico, económico, sexual o feminicida en contra de una o varias mujeres y/o su familia, con el objeto o resultado de menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos políticos-electorales o de las prerrogativas inherentes a un cargo público.

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