Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Bertha Caraveo propone iniciativa de reforma para garantizar derechos consulares al migrante

  • Sostiene que es necesario armonizar la Ley de Migración con el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

La senadora Bertha Alicia Caraveo Camarena, del Grupo Parlamentario Morena, propone una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 107 de la Ley de Migración en materia de protección y asistencia consular al migrante que se encuentre en las estancias migratorias, con lo que se concretarán acciones benéficas para las personas que cruzan México en busca de mejores condiciones de vida.

Caraveo Camarena subraya que con esta iniciativa busca que toda persona en situación de migración, y que se encuentra en alguna de las estaciones migratorias, ya sea bajo la figura de detención u otra, tenga la posibilidad de gozar de un derecho contemplado en el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

Por ello, con la reforma se establecerán mecanismos de comunicación entre las personas que se encuentran en las estancias migratorias con los consulados de su país y con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a la vez que se garantizará que tengan derecho a una defensa adecuada, profesional y gratuita en casos de arresto o detención o ante cualquier situación que ponga en riesgo su situación jurídica en el país.

De esa manera, el país tendrá un ordenamiento jurídico armonizado con el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, del que se desprenden por lo menos tres derechos en beneficio de los extranjeros, los cuales son libertad de comunicación entre las partes, notificación consular y comunicación entre el nacional y el consulado.

La senadora por el estado de Chihuahua sostiene que con un nuevo ordenamiento jurídico México reconocerá ampliamente los derechos civiles, políticos, culturales e identitarios de los migrantes, quienes tras cruzar las fronteras terminan en las estancias migratorias.

En ese sentido, con el artículo 107 de la Ley de Migración reformado y adicionado en su fracción V el migrante tendrá el derecho a la notificación consular, además de que se deja en claro que cualquier acción u omisión por parte de la autoridad traerá las sanciones correspondientes acordes con la ley general de responsabilidades administrativas.

Por último, la senadora Bertha Alicia Caraveo Camarena subraya que al no armonizar la ley de migración con el artículo 36 de la Convención se deja en un estado de desprotección al migrante que se encuentra detenido, por lo que la reforma beneficiará a todo migrante sin importar su raza, nacionalidad, sexo, género o posición económica.

Senado de la República
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