La Senadora de la República por Tlaxcala Ana Lilia Rivera, señaló que la Ley Federal de Fomento y Protección del Maíz Nativo, es un avance importante en el desarrollo de un entramado jurídico de tutela a los derechos económicos, sociales y culturales que rodean al maíz, lo cierto es que no es suficiente, pues hace falta el acompañamiento integral del gobierno y de la sociedad para su eficacia.
Recordó la legisladora federal que, en México, la liberación de maíz genéticamente modificado a campo abierto está prohibida desde el 2013, gracias al esfuerzo conjunto de organizaciones de la sociedad civil, académicos, campesinos de comunidades locales y pueblos indígenas, incluso del gremio artístico; todos ellos en el movimiento “Demanda Colectiva contra la siembra de maíz transgénico”. Este colectivo logró obtener una resolución judicial como medida precautoria, que prohíbe su siembra de manera provisional, en tanto se resuelva el juicio de acción colectiva, que aún sigue en curso. No obstante, la evidencia científica demuestra que la contaminación de maíz nativo por transgenes persiste actualmente.
“Las formas tradicionales de producción, comercialización y consumo de maíz han sido paulatinamente desplazadas por sistemas industriales de producción agrícola a gran escala, basadas en el desarrollo de semillas transgénicas, que, al tolerar los plaguicidas, son portadoras de dichas sustancias que significan un peligro demostrado para la salud humana y el ambiente”.
Ana Lilia Rivera puntualizó que, al milenario vínculo entre el maíz, la alimentación y la cultura, hasta hace poco, esta planta no contaba con ningún reconocimiento jurídico; por tal motivo, desde el Senado de la República propuso e impulsó la primera legislación Federal dedicada al Fomento y Protección del Maíz Nativo (LFFPMN), ley que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril del 2020.
Esta ley tiene como nota distintiva ser el único ordenamiento normativo del sistema jurídico mexicano, que reconoce explícitamente al maíz nativo, junto con las prácticas tradicionales relacionadas con su producción, comercialización y consumo, como una derivación directa de los derechos humanos a la alimentación y a la cultura, establecidos en el artículo 4º de la Constitución General.
El reconocimiento al maíz nativo en términos de derechos humanos, enfatizó la Senadora de la República, impone necesariamente un conjunto de obligaciones generales y deberes específicos a cargo del Estado, a fin de garantizar su fomento y protección, lo cual comprende acciones para asegurar que se encuentre en condiciones libres de Organismos Genéticamente Modificados (OGMs) y que se asegure la subsistencia de los sistemas tradicionales para su producción, lo que comprende la milenaria práctica del libre intercambio de semillas por parte de productores originarios.
Por otro lado, abundó, la ley establece la creación del primer organismo público dedicado exclusivamente al maíz nativo, denominado “Consejo Nacional del Maíz Nativo” (CONAM), como un órgano de consulta del Poder Ejecutivo Federal, dedicado a brindar opiniones técnicas en materia de políticas para la protección al maíz nativo e impulsar la investigación y difusión.
Dicho órgano tendrá una composición multidisciplinaria, plural y democrática, en la que se dará voz y voto a los pueblos y comunidades indígenas y agrarias de nuestro país, como creadoras originales del maíz y actualmente guardianes de su riqueza cultural y alimentaria.
Por último, la Senadora Ana Lilia Rivera mencionó la necesidad urgente de tomar en serio el régimen transitorio de la LFFPMN, que establece la obligación del Ejecutivo federal de emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para la integración y funcionamiento del CONAM, así como la obligación del Congreso de la Unión de armonizar la legislación federal vigente para adecuarla al objeto de dicha ley.