Grupo Parlamentario MORENA, LXVI Legislatura

Decisión de SCJN sobre cannabis se debe respetar; hay elementos que se tienen que atender: Ricardo Monreal

  • Adelanta que se reunirá con los grupos parlamentarios para trabajar una legislación que le ayude al país

El líder de la mayoría legislativa en el Senado, Ricardo Monreal Ávila, dijo que la Suprema Corte de Justicia tomó una decisión sobre el uso lúdico de la cannabis que se debe observar y respetar, pero aún existen elementos que se tienen que atender en los próximos días y semanas.

En un mensaje que publicó en sus redes sociales, el coordinador parlamentario de Morena destacó que se trata de un tema delicado. “En lo personal, he expresado siempre que es positivo y estar de acuerdo en la regulación del uso de la cannabis”.

Refirió que el Congreso de la Unión decidió, con los grupos parlamentarios, no precipitarse en legislar una materia tan delicada, como una Ley General del Uso de la Cannabis.

“Creo que fue lo correcto, por eso no aceptaríamos ninguna consideración de inconformidad con nuestro trabajo por miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ellos están haciendo su trabajo, nosotros estamos ponderando los criterios que debemos aplicar para una Ley General”.

Dijo que todavía faltan detalles por regular y que “la Corte no puede legislar, aun cuando haya declarado esta norma inconstitucional. Nosotros actuaremos con prudencia, con mesura, en beneficio de la sociedad”.

Por esa razón, adelantó, de inmediato se reunirá con los grupos parlamentarios y sus coordinadores, para empezar a trabajar una legislación que le ayude al país, construida por consenso de manera amplia y escuchando a la sociedad. “Esa es nuestra obligación y no vamos a renunciar a ella”.

Monreal Ávila recordó que este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de ocho votos, resolvió declarar procedente y fundada la declaratoria general de inconstitucionalidad, respecto del uso lúdico de mariguana; por lo que se determinó la inconstitucionalidad de los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud, con efectos generales.

Esto quiere decir que la Secretaría de Salud emita las autorizaciones a personas adultas para la adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de mariguana, y que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios debe establecer los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla.

El consumo de mariguana, en ningún caso podrá hacerse frente a terceros. No puede ser tampoco ejercido frente a menores de edad ni en lugares públicos.

Además, no debe permitir conducir vehículos u operar maquinaria peligrosa, bajo los efectos de la mariguana, ni realizar cualquier otra actividad bajo la misma, que pueda poner en riesgo o dañar a terceros.