Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Versión estenográfica de la intervención del senador Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado de la República, en Sesión Ordinaria, para hablar sobre la propuesta de modificación al artículo 9 de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis

Gracias, ciudadano Presidente.

Agradezco la cortesía de la senadora Beatriz Paredes para hacer la presentación de esta reserva, en la que todos coincidimos. A todos los grupos parlamentarios nos parece pertinente y es el relativo al artículo 9.

Pero déjenme hacer una serie de remembranzas, porque es el tema de trascendencia, importancia.

La regulación de cannabis, en efecto, tiene como origen el cumplimiento de diversas sentencias de la Corte, que atienden el ejercicio pleno de los derechos al libre desarrollo de la personalidad, así como la protección de la salud, reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En 2018 y 2019, a través de diversas sentencias, la Corte determinó que los artículos de la Ley General de Salud, que establecen prohibiciones al consumo del cannabis, con fines de recreación, violaban la Constitución y el derecho libre al desarrollo de la personalidad.

La Corte determinó como inconstitucionales, las normas que prohíben la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, adquisición, posesión, comercialización y transportación; así como suministrar, emplear, consumir y en general todo acto relacionado con el cannabis indica americana o mariguana.

A partir de dichas sentencias, la Corte mandató al Congreso General a regular el consumo de cannabis con fines de recreación en efecto, y garantizar el acceso a medicamentos derivados con fines de protección a la salud.

¿Qué se está regulando?

Se expide, sí, una Ley Federal para la Regulación de la Cannabis, se reafirman situaciones que la Corte obligó al Congreso legislar, y se reforman adiciones y también modifican diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

Se regula el cultivo, la transformación, la comercialización, la exportación e importación y el uso para fines de investigación de la cannabis.

Se regula el uso médico y farmacéutico, y que se establece en la Ley General de Salud.

Con esta ley, las personas podrán acceder a la cannabis bajo criterios claros, a través de licencias relacionadas exclusivamente con cultivo, transformación, comercialización, exportación, importación e investigación.

En el cultivo se incluye la adquisición de semillas o plántula, la siembra, el cultivo, la cosecha y la preparación del cannabis.

En la transformación se incluye la preparación, pero también la fabricación y la producción del cannabis. Y en la comercialización, se incluye la distribución y la venta al público del cannabis, sus derivados y productos.

Incluso en la importación y la exportación, se incluye la distribución y venta fuera del territorio nacional, así como el ingreso a este de cannabis no psicoactiva o productos elaborados a base de éste, en los términos de las leyes, tratados internacionales y demás normatividad aplicable; las cuales deberán precisar su destino y su origen, respectivamente.

En materia de investigación, se incluye la adquisición de semilla o plántula, la siembra, el cultivo, la cosecha, la preparación y la transformación del cannabis y sus derivados.

Es importante destacar que la obtención de licencias no implica actividad alguna relacionada con el uso medicinal, paliativo o farmacéutico del cannabis y sus derivados. La ley establece una estricta regulación del uso de cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo sustentable, en aras de mejorar las condiciones de vida de las personas.

La regulación responsable, multidisciplinaria y transversal para los diversos usos y actividades que permite la ley a través de licencias, se otorgarán licencias y se articula la regulación para el control sanitario del uso de cannabis y sus derivados; en consecuencia, la Ley General de Salud también sufre modificación.

Se promueve, es muy importante, la información, educación, y prevención sobre las consecuencias y efectos perjudiciales vinculadas al consumo de cannabis psicoactivo y sus derivados; y articula las políticas públicas y acciones tendientes a reducir los riesgos y los daños asociados al consumo problemático del cannabis psicoactivo, así como para optimizar el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de personas con consumo problemático del cannabis psicoactivo, sin estar sujetas a criminalización ni discriminación por ningún motivo.

Se establece la coordinación entre los tres Órdenes de Gobierno, a través de convenios de coordinación y colaboración.

Otro acto tendiente a sumar los esfuerzos de los sectores de educación, procuración y administración de justicia, agricultura, seguridad y cualquier otro relacionado con los actos de consumo y usos de la cannabis.

Se disponen mecanismos de monitoreo, evaluación, respuesta, seguimiento e información relativa a los riesgos de la implementación, de la regulación del uso de cannabis y sus derivados.

Se fomenta y refuerza la cooperación internacional respecto a las medidas para proteger la salud y la seguridad, respecto del uso de cannabis.

El derecho al autoconsumo, implica que las personas pueden poseer una cantidad limitada de seis plantas de cannabis psicoactiva, por persona, y hasta ocho cuando vivan más de dos; así como el producto de la cosecha y de la plantación, las cuales deben permanecer en la vivienda o casa habitación de quienes la consumen.

Los consumidores de vivienda o casa, estarán obligados a tomar las medidas necesarias que impidan que el humo de segunda mano pueda ser inhalado por personas diversas a las personas consumidoras.

Por lo que respecta al uso personal, las personas consumidoras deben adquirir el cannabis psicoactivo en los lugares autorizados y regulados.

Se crea un mercado legal en que las personas que no quieran o puedan cultivar sus plantas, podrán comprar hasta 28 gramos, sin necesidad de recurrir a los proveedores ilegales o narcomenudistas.

La posesión de más de 28 grados, pero menos de 200, se impondrá en una sola multa de hasta 11 mil pesos, y no como ahora con la privación de la libertad.

Tengo una tabla que es impresionante, del INEGI.

Si nosotros tuviésemos esta disposición actualmente vigente, gente que está procesada, privada de su libertad, estaría en libertad.

Sólo de cinco a 30 gramos, hay detenidos casi ocho mil personas. Muchos jóvenes, muchas mujeres y muchos adultos. Ocho mil personas, que si esta ley estuviese vigente no estarían privados de su libertad.

Pero además de eso, esas son ocho mil; déjenme decirles, de 31 a 50 gramos, hay mil 600 procesados; de cinco a 100 gramos, mil 576; de 101 a 200 gramos, mil 387; 18 mil personas privadas de su libertad por haber portado de uno a 200 gramos de mariguana que han destruido su vida, las de sus familias y de todos los que han vivido alrededor.

Por eso, es muy importante que se empodere, que seempodere a los grupos vulnerables, a los pueblos y comunidades indígenas, a personas campesinas, a ejidatarios, a ejidos, a comunidades agrarias, a comunidades en situaciones de marginación, o porque su condición o características resulten afectados por el sistema prohibitivo.

Por eso, se disminuye la actuación y la ganancia del crimen organizado al trasladar un mercado ilegal hacia la legalidad, con un marco jurídico que da certeza a los sectores de la población y fortalece el desarrollo del país.

Los productos del cannabis no psicoactivo y sus derivados para usos industriales, se podrán comercializar, exportar e importar, generando riqueza a los sectores desprotegidos, y se producirán beneficios a favor de las personas que actualmente se encuentran procesadas o sentenciadas.

El daño que provocó la prohibición y por ende la guerra contra las drogas en México, causó más estragos que las afecciones de salud, derivadas de las drogas y su consumo.

Por eso, quiero expresar de manera contundente, mi reconocimiento a todos los grupos parlamentarios. Se trabajó, de verdad, con mucha pasión y con mucha flexibilidad.

Incluso reconozco que en esta legislación nos acompañe un sector del Partido Acción Nacional y de todos los partidos, pero también tenemos votos en contra, incluso de nuestra bancada de Morena.

Eso es parte de la democracia y parte de la libertad que hay en este Congreso Mexicano y en este Senado de la República.Les expreso mi reconocimiento.

Lo que estamos haciendo verdaderamente es notable. Yo sí creo en los efectos y consecuencias de esta legislación.

Pero si no fuera así, que tuviésemos efectos contraproducentes, podemos modificarlo y podemos estar vigilando que la aplicación tenga los efectos deseados.

En cualquier momento, este Congreso puede modificar la legislación que ahora estamos aprobando. Por eso, no tengan temor. Esta legislación es progresista y es de avanzada.

Y me alegra que sea el Senado de la República quien esté provocando este gran cambio que a este país le hacía falta y que ya no podíamos postergar.

Muchas gracias y muchas gracias, Presidente, por la tolerancia del uso de la palabra

Enhorabuena senadoras y senadores.

Senado de la República
Senado de la República

Senadores Morena

       
LXV LEGISLATURA