Grupo Parlamentario MORENA, LXVI Legislatura

Versión estenográfica de la intervención del senador Elí César Cervantes Rojas, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, para presentar una reforma a la Ley General de Educación en materia de regulación de bachilleratos comunitarios

Muchas gracias, Senador presidente.

Buenas tardes, compañeras y compañeros Senadores.

Sostengo que la educación pública ha sobrevivido al abandono que los gobiernos anteriores le tenían gracias al compromiso del personal que labora en las instituciones y la participación de los padres de familia.

Acudo a esta tribuna para presentar una iniciativa con proyecto por el que se reforma la fracción VI del artículo 45 de la Ley General de Educación, con el propósito que sean reconocidos en la legislación vigente los centros de bachillerato comunitarios con carrera profesional técnica y demás equivalentes a éste que ofrezcan servicios educativos.

Según el Inegi, las estadísticas que se realizaron por el Día Internacional de la Juventud y los datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2018 en el país, existen 30.7 millones de jóvenes, que representan el 24.6 % de la población y, de los cuales, aproximadamente el 52 %, entre 25 y 34 años, no han conseguido estudiar el nivel bachillerato, lo que sitúa a México en el último lugar de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, favoreciendo con ello la desigualdad en el mercado laboral.

Por tanto, el día de hoy me permito presentar esta iniciativa que replantea la clasificación presupuestal de los centros de bachillerato comunitario, mismos que operan en ejidos y comunidades rurales de nuestro país sin una partida de recursos financieros específicos, situación alarmante, pues como mencioné, si en las ciudades los jóvenes no terminan su educación media superior, créanme que en el ejido o la comunidad rural la situación se complica aún más.

Los llamados Cebac operan a la fecha por medio de una cooperativa recibiendo aportaciones de cada estudiante, originando con ello aún más un rezago en infraestructura y carencias para funcionar con personal capacitado y mantenimiento correspondiente.

Así pues, como legisladores debemos velar también por el acceso a la educación media superior de los estudiantes que viven en las zonas con los índices de alta marginación, esa parte de nuestra sociedad que se ha visto forzada a migrar a Estados Unidos o a las ciudades vecinas para emplearse en el sector de construcción, servicios, comercio informal o, en el caso de algunas mujeres para emplearse como trabajadoras domésticas.

Como ya sabemos, el derecho a la educación se encuentra consagrado en el artículo tercero constitucional, por lo que el Estado tiene la obligación de impartir la educación media superior y garantizar el acceso a la misma. Por ello, que la Ley General de Educación amplía las oportunidades para acceder a una educación media superior, con la finalidad de combatir el rezago educativo a nivel nacional.

Lamentablemente no se ve contemplado en dicho ordenamiento a los centros de bachillerato comunitarios, quienes carecen en su totalidad de un presupuesto para infraestructura, por lo que existe una desigualdad, en comparación con los demás subsistemas.

Actualmente en la ley antes señalada, existe una problemática que afecta diversas comunidades en todo el país debido a la falta de alternativas educativas y a la desigualdad social que desafortunadamente viven nuestros jóvenes.

Por lo tanto, el objeto de la presente iniciativa es garantizar la educación media superior y de calidad a los ejidos y comunidades rurales, los cuales en su mayoría se encuentran ubicados en las zonas de más alta marginación.

En este escenario se enmarca pues la presente iniciativa para atender, con el debido presupuesto, a los intereses y necesidades de las y los jóvenes que habitan en lugares pobres del medio rural, formándolos con habilidades útiles y relevantes para las necesidades del contexto.

Por su atención, muchas gracias.