Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

Senado aprueba reforma para agilizar emisión de la Alerta de Violencia de Género

  • Buscan que no sólo tenga el objetivo de frenar la violencia feminicida, sino combatir desigualdades producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas

En unanimidad, con 101 votos en favor, el Pleno del Senado aprobó un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de regular y agilizar el procedimiento para la emisión de la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres.

En el dictamen, las y los senadores reconocieron el trabajo de la colegisladora, así como el interés de los integrantes de la Cámara Alta, que presentaron diversas propuestas para legislar un mecanismo fundamental para la atención de las violencias contra las mujeres y las niñas.

Así, se especifica la obligación del Estado mexicano de tomar las medidas presupuestales y administrativas para dar cumplimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres.

La propuesta establece que la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios deberán instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes de carácter extraordinario para hacer frente a la Alerta.

Además, como principios rectores para el acceso de todas las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias, que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas públicas federales y locales, se agregan la universalidad la interdependencia, la indivisibilidad y la progresividad de los derechos humanos.

También se deberá observar la perspectiva de género, la debida diligencia, la interseccionalidad, la interculturalidad y el enfoque diferencial.

La Alerta de Violencia de Género no sólo tendrá el objetivo de establecer acciones gubernamentales para enfrentar y erradicar la violencia feminicida, sino que deberá eliminar el agravio derivado de las desigualdades producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas, que impiden el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

El procedimiento para la emisión de este mecanismo deberá ser pronto y expedito, atendiendo a la situación de urgencia de los hechos documentados que motiva su solicitud y al territorio especificado en la misma, así como al principio de debida diligencia.

Además, deberá observar en todo momento los principios de transparencia, máxima publicidad y acceso a la información, así como la protección de datos personales, durante la totalidad de las etapas del procedimiento.

De acuerdo con la reforma, la Alerta se emitirá cuando exista un contexto de violencia feminicida, caracterizado por el incremento persistente de hechos o delitos que involucren violaciones a los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, adolescentes y niñas en un territorio determinado.

También cuando existan omisiones documentadas y reiteradas, por parte de las autoridades gubernamentales, en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención, atención, sanción y acceso a la justicia para las mujeres, adolescentes y niñas, de conformidad con lo establecido en esta Ley, y se presente un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.

La solicitud para activar este mecanismo podrá ser emitida por organismos públicos autónomos de derechos humanos u organismos internacionales de protección de los derechos humanos; organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas o por colectivos o grupos de familiares de víctimas; o a partir de la identificación por parte de la Comisión Nacional para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Una vez admitida la petición, se conformará un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario integrado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; el Instituto Nacional de las Mujeres; y el Mecanismo para el adelanto de las mujeres de la entidad federativa sobre la cual se presenta la solicitud.

Además, lo integrarán la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las solicitantes; así como personas e instituciones que se consideren especialistas en derechos humanos de las mujeres. El Grupo tendrá como objetivo

fundamental analizar, valorar y emitir recomendaciones que mejoren la implementación de acciones.

El dictamen establece que la persona titular de la Secretaría de Gobernación notificará a las personas titulares de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como a la instancia de procuración de justicia de los municipios o demarcaciones territoriales de la entidad federativa en que se emita la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres.

Y una vez notificada la Alerta, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territorial de la Ciudad de México, deberán, de manera inmediata y coordinada con el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, implementar el Programa de Acciones Estratégicas de cumplimiento.

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher Camarena, precisó que con este dictamen la alerta será un mecanismo de emergencia realmente eficaz, para enfrentar la violencia feminicida.

Además, informó que se establecen plazos claros para el trámite inicial, fijando 30 días naturales para analizar los hechos de violencia denunciados y presentar sus conclusiones.

La senadora Ana Lilia Rivera Rivera, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, puntualizó que, con esta modificación, al declarar la Alerta de Violencia de Género se debe notificar al Poder Ejecutivo Federal, a los poderes Legislativo y Judicial de cada entidad federativa y a los ayuntamientos o demarcaciones territoriales.

Del PRI, la senadora Nuvia Magdalena Mayorga Delgado expresó que la reforma busca que sea una herramienta que permita a los tres órdenes de gobierno a actuar de forma rápida y con la debida diligencia, para garantizar a las mujeres mexicanas que no sean violentadas.

En tribuna, la senadora de Movimiento Ciudadano, Verónica Delgadillo García, aseguró que México necesita un nuevo trato con y por las mujeres, porque de lo contrario, “nacer mujer en este país seguirá siendo uno de los peores peligros y una de las mayores condenas”. Esta propuesta, dijo, acerca la justicia a millones de ellas, y con ella les podemos cambiar y salvar la vida.

En su participación, la senadora del PVEM, María Graciela Gaitán Díaz, aseguró que el dictamen perfecciona los mecanismos y herramientas para que los tres niveles de gobierno actúen de forma eficiente, eficaz y con debida diligencia para garantizar a las mujeres vivir sin miedo.

La senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del Partido del Trabajo, destacó que esta reforma acerca a las ciudadanas a la política de combate contra el feminicidio. “Esta legislación abre las puertas a las víctimas para ser escuchadas, para participar activamente y de la mano del gobierno en la batalla por el derecho a la vida y a la seguridad de todas”.

El documento, afirmó el senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, del PRD, brinda certeza jurídica sobre requisitos y responsabilidades que las autoridades deberán de cumplir.

Nadia Navarro Acevedo, de Acción Nacional, manifestó su deseo porque la Alerta de Género mantenga atentos y vigilantes a las mujeres y hombres de Estado, que encabezan cada una de las entidades federativas y para que el presupuesto beneficie de manera efectiva y baje hasta los municipios donde se necesita la prevención.

El proyecto de decreto fue devuelto con modificaciones a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.