- Necesario modificar Ley del Servicio Exterior para que las representaciones diplomáticas expidan las actas de matrimonio correspondientes.
- No hacerlo contraviene los principios de la Constitución y los compromisos internacionales con el mundo en materia de derechos humanos.
Con el ánimo de disuadir y erradicar cualquier tipo de discriminación, sobre todo a las personas que integran la comunidad LGBTTTI, el senador Ricardo Monreal presentará una iniciativa para modificar la Ley del Servicio Exterior para que parejas del mismo sexo que radican fuera del país puedan contraer matrimonio.
El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena explica en su iniciativa que en el ejercicio de sus funciones como jueces del Registro Civil, los Jefes de Oficinas Consulares deberán autorizar y expedir actas de matrimonio, independientemente del sexo de las personas contrayentes.
Asimismo, se establece de manera expresa la obligación de que la autoridad consular, al fungir como juez del Registro Civil, observe los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
A efecto de dar cumplimiento con tales disposiciones, el régimen transitorio, de la iniciativa que presentará esta semana, establece que la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá hacer las adecuaciones reglamentarias, normativas, administrativas y demás disposiciones que correspondan, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto.
El también presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República recordó que en meses recientes han sido revelados casos en los que, funcionarios que prestan sus servicios en representaciones de México en el exterior, se han negado a aceptar la solicitud de mexicanos que viven fuera del país y desean contraer matrimonio con personas del mismo sexo.
El pasado 19 de octubre, agrega, el Poder Judicial de la Federación dictó una sentencia en favor de las parejas mexicanas del mismo sexo que deseen contraer matrimonio vía consular, arguyendo que, conforme al artículo 1 de la Constitución mexicana, las autoridades deben interpretar la ley de la manera “más extensiva cuando se trate de derechos protegidos”.
El legislador puntualiza que dicha sentencia corresponde a los criterios sobre la materia que ya fueron establecidos en 2015 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante los que se ha dispuesto que no existe motivo constitucional para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, señalando que no hacerlo configura una doble discriminación al privar a las parejas homosexuales de los beneficios materiales y expresivos que se obtienen con dicha institución.
Monreal Ávila dijo que al negar tales solicitudes, los servidores públicos del Servicio Exterior contravienen los principios establecidos en la Constitución, así como los compromisos de nuestro país con el mundo en materia de derechos humanos.