Grupo Parlamentario MORENA, LXV Legislatura

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE RESOLUCIÓN, RELATIVO AL RECHAZO AL BLOQUEO ECONÓMICO, COMERCIAL Y FINANCIERO IMPUESTO POR ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN CONTRA DE LOS HABITANTES DE CUBA

La suscrita, Senadora Minerva Citlalli Hernández Mora, integrante del Grupo Parlamentario del partido Morena, en esta LXIV Legislatura de la Cámara de Senadores y con fundamento en los artículos 8, numeral 1, fracción II; 10, fracciones I, III; 76, numeral I, fracción IX; 95 numeral 2; 276 y demás disposiciones aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto respetuosamente a consideración del pleno de esta Cámara de Senadores, la PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE RESOLUCIÓNRELATIVO AL RECHAZO AL BLOQUEO ECONÓMICO, COMERCIAL Y FINANCIERO IMPUESTO POR ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN CONTRA DE LOS HABITANTES DE CUBA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

CONSIDERACIONES

PRIMERO. El primero de enero de mil novecientos cincuenta y nueve arribó al poder de la República de Cuba el movimiento revolucionario liderado por el comandante Fidel Castro Ruz, derivado de la victoria de las luchas revolucionarias contra el régimen dictatorial de Fulgencio Batista.

SEGUNDO. Atendiendo a las medidas instauradas por el Gobierno Revolucionario orientadas a recuperar las riquezas del país y encaminarlas al servicio del pueblo, se afectaron intereses de los grandes monopolios de los Estados Unidos de América (Estados Unidos), los cuales se favorecían, hasta ese momento, del saqueo de los recursos cubanos e influía en su política interna.

TERCERO. La decidida participación de las nuevas autoridades de la República de Cuba para actuar con independencia y modificar la forma de organización económica y social, llevo a los Estados Unidos a intentar doblegar a través de sanciones trascendentales al gobierno revolucionario.

CUARTO. El seis de abril de mil novecientos sesenta, a través de un informe del Departamento de Estado del gobierno estadounidense, se vislumbró la idea de obstaculizar a  la República de Cuba a través de la imposición de dificultades económicas. En ese sentido, el diecinueve de octubre de mil novecientos sesenta entraron en vigor medidas generales prohibiendo diversas exportaciones norteamericanas a Cuba; imponiéndose diversas acciones con la finalidad de bloquear económicamente al pueblo de Cuba, entre ellas las siguientes  :

  1. Las transnacionales EssoTexaco y Shell, a petición del Gobierno de Estadounidense, restringieron la exportación de combustible a Cuba;
  2. En junio de mil novecientos sesenta, se ordenó la reducción de 700 mil toneladas de la cuota azucarera cubana en el mercado estadounidense;
  3. El veinticuatro de septiembre de mil novecientos sesenta, se notificó la suspensión de operaciones de la planta de níquel de Nicaro, propiedad de Estados Unidos;
  4. El tres de enero de mil novecientos sesenta y uno, Estados Unidos rompió relaciones diplomáticas con el Estado Revolucionario de Cuba;
  5. El veinticuatro de marzo de mil novecientos sesenta y dos, el Departamento del Tesoro norteamericano anunció la prohibición de entrada en territorio norteamericano de cualquier producto elaborado, total o parcialmente, con productos de origen cubano, sin importar si el destino era de un tercer país;
  6. En julio de mil novecientos sesenta y tres, se reglamentó el control de los activos cubanos prohibiendo todas las transacciones con Cuba y congelando los valores del gobierno cubano en territorio estadounidense;
  7. En mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, el Departamento de Comercio de Norte América prohibió totalmente los embarques de alimentos y medicinas al pueblo de Cuba.

QUINTO. Desde la Conferencia Naval de Londres, de 1909, el bloqueo se consideró como un acto de guerra, principio aceptado en el derecho internacional. A partir de entonces, quedó estipulado que su implantación sólo era aplicable entre los Estados beligerantes; en  este sentido, ningún instrumento jurídico internacional ha planteado la posibilidad de imponer bloqueos en tiempos de paz.

SEXTO. A partir de su implementación, el bloqueo estadounidense fue concebido como una violación directa y sistemática de los derechos humanos de los habitantes cubanos; además de un acto de genocidio al tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948; y como un obstáculo para la cooperación internacional.

SÉPTIMO. En la época reciente, el gobierno del expresidente de los Estados Unidos, Barack Obama, estableció durante 2015 y 2016, varias medidas orientadas a cambiar algunos elementos del bloqueo. Los cuales fueron positivos, pero lamentablemente insuficientes.

OCTAVO. Con la llegada de Donal Trump a la Presidencia de Estados Unidos, se anunciaron nuevas medidas de recrudecimiento del bloqueo contra Cuba, como parte de su nueva política hacia ese país hermano, entre ellas:

  1. 8 de septiembre de 2017. Se firmó por el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, un memorando dirigido a los Secretarios de Estado y del Tesoro, mediante el cual extendió por un año la aplicación de las sanciones económicas a Cuba bajo el marco legal establecido en la Ley de Comercio con el Enemigo de 1917.
  2. 9 de noviembre de 2017, el Departamento de Estado de los Estados Unidos publicó una lista que arbitrariamente incluía a 179 instituciones cubanas de los más diversos sectores de la economía nacional, con las cuales quedarían prohibidas las transacciones financieras directas, lo que impactaría negativamente en el desarrollo económico del país con la finalidad de generar un efecto intimidatorio en las empresas estadounidenses y de terceros países que desearan establecer relaciones económicas, comerciales y bancarias con Cuba.
  3. 10 de septiembre de 2018. Nuevamente, el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, firmó un memorando para ampliar por un año más, la aplicación de las sanciones económicas a Cuba bajo el marco legal de la conocida Ley de Comercio con el Enemigo.

NOVENO. Las disposiciones tomadas por el presidente estadounidense han conducido a diversas líneas de acción, como se refiere en el documento titulado “Memorando Presidencial de Seguridad Nacional sobre el Fortalecimiento de la Política de los Estados Unidos hacia Cuba  ”, entre estas, las siguientes:

  1. Prohibir las transacciones económicas, comerciales y financieras de compañías y entidades estadounidenses con empresas y entidades cubanas vinculadas a las Fuerzas Armadas y el Ministerio del Interior.
  2. Eliminar los viajes individuales bajo la categoría de intercambios pueblo a pueblo.
  3. Aplicar, mediante una vigilancia reforzada, la prohibición de viajar a Cuba fuera del marco establecido. Oposición de los Estados Unidos a las acciones que promuevan el levantamiento del bloqueo en las Naciones Unidas y otros foros internacionales
  4. Ampliar la lista de funcionarios del gobierno y de ciudadanos cubanos que no podrán recibir visas, remesas o involucrarse en transacciones con entidades estadounidenses.
  5. Derogar la Directiva Presidencial de Política “Normalización de las relaciones entre los Estados Unidos y Cuba”, emitida por el presidente Barack Obama, el 14 de octubre de 2016.

DÉCIMO. Dichas disposiciones  del nuevo gobierno norteamericano revertieron las medidas adoptadas por el expresidente estadounidense, Barack Obama, el cual, reconoció por primera vez desde la promulgación del bloqueo contra Cuba, que dicha imposición era una política fallida, obsoleta y debía ponérsele fin, e instó, en su momento, al Congreso de Estados Unidos a eliminarlo  .

DECIMOPRIMERO. El bloqueo impuesto por Estados Unidos ha mermado el desarrollo del pueblo cubano, limitando la aplicación del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social del País, así como de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible  .

DECIMOSEGUNDO. Los obstáculos establecidos por el bloqueo han generaron múltiples daños económicos, de abril 2017 a marzo de 2018, cerca de 4 mil 321 millones 200 mil dólares  , según se desprende de la Resolución 72/4 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.
Asimismo, el documento refiere que se vieron afectados diversos sectores, entre ellos, el educativo con pérdidas de más de 2 millones 832 mil 830 dólares; cultura, más de 35 millones 314 mil dólares; turístico, más de mil 701 millones 960 mil dólares; comunicaciones e informática, más de 68 millones 922 mil 110 dólares; transporte, más de 122 millones 397 mil dólares; agrícola, más de 228 millones 680 mil dólares; sector externo, más de 2 mil 475 millones dólares; y  al monetario -financiero, más de 538 millones de dólares.
En el tiempo que ha durado el bloqueo, se ha tenido pérdidas por más de 134 mil 499.8 millones de dólares a precios corrientes, según cifras del ministerio de Economía y Planificación de Cuba; en términos prácticos, el bloqueo anual para Cuba representa alrededor del doble de lo necesario para el desarrollo total de su economía.

DECIMOTERCERO. Es una realidad que el bloqueo financiero, económico y comercial ha quebrantado los derechos de los habitantes de Cuba, entre éstos, el relativo a la salud, a la alimentación, a la educación, al deporte, a la cultura, y al desarrollo. Aquí algunos ejemplos  :

  1. Se solicitó a varias compañías estadounidenses, como Pfizer y Bristol-Myers Squibb, sus cotizaciones para la compra del medicamento denominado Temozolamida, el cual constituye la primera línea de tratamiento quimioterapéutico para tumores cerebrales malignos.  Hasta el momento, no se ha recibido respuesta de los suministradores.
  2. El 21 de marzo de 2018, se solicitó a la compañía Amgen la adquisición del anticuerpo monoclonal Evolucumab Repatha, primer fármaco biológico utilizado para el tratamiento del hipercolesterolemia (colesterol elevado) en pacientes de alto y muy alto riesgo cardiovascular. Hasta el momento, no se ha recibido respuesta.
  3. La Facultad de Filosofía e Historia de la Universidad de La Habana reportó que, de abril 2017 a marzo 2018, se recibieron las solicitudes de entre 10 y 12 estadounidenses y/o puertorriqueños para realizar estudios de postgrado en Cuba. Sin embargo, como resultado de la aplicación del bloqueo, se prohíbe a los estudiantes de esas nacionalidades cursar pasantías en las universidades cubanas.
  4. El Laboratorio Antidoping de Cuba, uno de los laboratorios de referencia regional, tuvo que adquirir el cromatógrafo de gases masa-masa, principal herramienta utilizada para detectar la presencia de drogas en los atletas, a un precio muchísimo más elevado que de haberlo podido adquirir en los Estados Unidos.
  5. Unos 250 atletas estadounidenses vieron imposibilitada su participación en los eventos Marabana y Triatlón de La Habana, debido a las limitaciones impuestas por el bloqueo a los propios ciudadanos de los Estados Unidos.
  6. En el año 2017, se previó la participación de 497 músicos y profesionales de la música provenientes de los Estados Unidos en presentaciones y eventos en Cuba. Como resultado del recrudecimiento del bloqueo, estos artistas no pudieron participar en las actividades que ya habían concertado.
  7. Entre abril de 2017 y marzo de 2018, un total de 37 unidades artísticas, con 367 músicos, viajaron a los Estados Unidos para realizar presentaciones con carácter obligatoriamente promocional, debido a las regulaciones del bloqueo. No recibieron ingresos por sus presentaciones.
  8. Tras las medidas de recrudecimiento de la política de bloqueo aprobadas por el actual gobierno estadounidense y la consecuente disminución del número de visitantes a Cuba, la empresa ETECSA ha experimentado una disminución de las contrataciones de Servicios de Roaming.
  9. Existe también la imposibilidad de acceder a marcas y/o equipamientos de altas prestaciones y líderes en el mercado de las infocomunicaciones, como teléfonos fijos, móviles, antenas y sistemas informáticos, que son distribuidos o cuentan con patentes de entidades estadounidenses.  Esto obliga a nuestras empresas a adquirirlos a través de terceros, con el consecuente aumento en los costos y la dificultad en el acceso a las piezas de repuesto y servicios de instalación.
  10. El Grupo Empresarial GEOMINSAL, desde el año 2015, ha intentado adquirir un ICP-MS, instrumento necesario para la realización de investigaciones geológicas. Sin embargo, ningún proveedor ha estado dispuesto a ofertarlo, dado los componentes de manufactura estadounidense que posee el equipo.
  11. La prohibición a los ciudadanos estadounidenses de viajar a Cuba en condición de turistas continúa afectando los servicios asociados al transporte turístico.
  12. La industria del reciclaje cubana no puede acceder a múltiples equipamientos tecnológicos necesarios para la recuperación, compactación, trituración, corte y transportación de los desechos reciclables, puesto que son fabricados por compañías estadounidenses.
  13. Las afectaciones por concepto de ingresos por las exportaciones de frutas, cuyo mercado natural es el estadounidense. La imposibilidad de acceder al mercado estadounidense limita también la venta de azúcar, café y miel de abejas.
  14. Se mantienen las dificultades relacionadas con el acceso a nuevas tecnologías de la Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication (SWIFT), debido a que la mayoría de las empresas que facilitan los softwares y las tecnologías son estadounidenses.
  15. Negativa a tramitar y/o avisar asuntos relacionados con operaciones de cartas de crédito a Cuba de 34 bancos extranjeros, de ellos 24 son bancos asiáticos, 9 europeos y 1 latinoamericano.

DECIMOCUARTO. Derivado del cúmulo de transgresiones que se dan a través del bloqueo estadounidense, diversas organizaciones han levantado la voz en su contra, tal como, CubaNow, creada en 2014 y Consortium y Engage Cuba, creadas en 2015 con el objetivo de mejorar las relaciones bilaterales y el levantamiento definitivo del bloqueo.

DECIMOQUINTO. A nivel internacional también existen muestras de apoyo en contra de dicha determinación, por ejemplo: la Asamblea General de las Naciones Unidas ha aprobado, con cerca de 200 votos, en reiteradas ocasiones, la Resolución titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”; los Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de los 77 más China han rechazado, en más de una ocasión, la aplicación del bloqueo contra Cuba y la imposición de medidas coercitivas unilaterales contra países en desarrollo en su Declaración Ministerial. A esto, podemos sumarle un sinfín de pronunciamientos realizados por diversos parlamentos, partidos políticos y personalidades de gobierno e intelectuales.

DÉCIMOSEXTO. Finalmente, estimamos que el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno estadounidense contra Cuba, vulnera derechos humanos fundamentales, provoca daños al pueblo cubano y obstaculiza el desarrollo económico del país. Además, violenta el derecho internacional, es contrario a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
En síntesis, el bloqueo es una transgresión al derecho, a la paz, al desarrollo y a la libre determinación de un Estado soberano. Es un acto de agresión unilateral y una amenaza permanente contra la estabilidad de un país.
Desde el SENADO estamos vinculados a los principios normativos de política internacional previstos en nuestra Carta Magna, a saber: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.

Por lo anteriormente expuesto y debidamente fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con Punto de Acuerdo, para ser considerada de urgente resolución:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- El Senado de la República, rechaza categóricamente las acciones en materia del bloqueo económico, comercial y financiero por parte del gobierno de los Estados Unidos de América, hacia la República de Cuba.

SEGUNDO.- Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, gire sus instrucciones a nuestro representante ante la Organización de las Naciones Unidas, para que en su próxima reunión, se pronuncie, por parte del Estado Mexicano en contra de las acciones de bloqueo económico, comercial y financiero a la República de Cuba por parte del gobierno de los Estados Unidos de América.

TERCERO.- Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, comunique de manera formal al Senado de los Estados Unidos de América nuestra demanda relativa a que cese de manera inmediata el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto a la República de Cuba.

Atentamente

Senadora Minerva Citlalli Hernández Mora

Integrante del Grupo parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores, H. Congreso de la Unión, a los 25 días del mes de octubre del 2018

Senado de la República
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Senadores Morena

       
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