Grupo Parlamentario MORENA, LXVI Legislatura

Presentación de minuta de reforma a la Ley del Infonavit en voz del senador Enrique Inzunza Cázarez, presidente de la comisión de Estudios Legislativos

Senador Enrique Inzunza Cázarez

Con su permiso senadora presidenta, con el permiso de todas y de todos mis compañeras y compañeros senadores, acudo a esta tribuna en mi carácter de senador presidente de la Comisión de Estudios Legislativos a efecto de presentar el dictamen de la minuta con proyecto de decreto por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, ambos ordenamientos en materia de vivienda con orientación social.

La minuta que se pone a la discusión ha regresado a esta Cámara por modificaciones que hizo la colegisladora en los términos de lo mandado por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Entre las adecuaciones realizadas me permitiré destacar las siguientes. En primer lugar, se establece que los integrantes de los órganos colegiados no recibirán remuneración conforme a lo dispuesto en el artículo tercero transitorio del decreto en materia de vivienda, decreto constitucional para las personas trabajadoras publicado en el diario oficial de la Federación de fecha 2 de diciembre de 2024.

Me refiero desde luego a la reforma al artículo 123 apartado a fracción décimo segunda. Dicha norma ordena la implementación de un programa de eficiencia productiva que permita hacer una reducción de costos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores.

En segundo lugar, se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para supervisar y vigilar las operaciones de crédito del Infonavit bajo un enfoque social garantizando viabilidad financiera y técnica. Es de suma importancia mencionar que la Auditoría Superior de la Federación mantendrá su función fiscalizadora como organismo autónomo. Lo anterior garantizará total transparencia y supervisión en los términos que se proponen en la minuta.

En tercer lugar, se modifica la integración de la Asamblea General y el Consejo de Administración, incluyendo a la persona titular de la dirección general con voz y voto y estableciendo representación paritaria en la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría y el Comité de Transparencia.

En cuarto lugar, se dota al Consejo de Administración la facultad de aprobar anualmente el presupuesto de inversión en construcción para fortalecer la oferta de vivienda.

En quinto lugar, se señala claramente la obligación del Infonavit para poner a disposición del público información actualizada sobre la administración del fondo de inversión, proyectos de construcción y contratación de proveedores.

En sexto lugar, se asegura que los créditos y ahorros de los trabajadores serán intocables en materia de fiscalización y se establece la cancelación de proyectos incumplidos con la restitución de recursos a las personas afectadas.

De igual forma, en congruencia con lo establecido por el ya invocado artículo tercero transitorio del decreto constitucional en materia de vivienda para las personas trabajadoras, estos cambios buscan fortalecer la operatividad del Infonavit, garantizar un acceso equitativo a la vivienda y promover una mayor transparencia en la gestión de los recursos.

Además, y esto es importante decirlo, se regula la figura del arrendamiento social, marcando un hito en la legislación de materia de vivienda en México. Senadoras y senadores, pueblo de México, seguimos avanzando en la construcción de un estado constitucional de bienestar que busca la garantía plena, efectiva, sin cortapisas y por parejo de los derechos sociales de todas y de todos los mexicanos.

De manera comedida, invito a todas las fuerzas políticas representadas en este Senado a votar a favor. Es por las y los trabajadores de México.