Grupo Parlamentario MORENA, LXVI Legislatura

Postura a favor del dictamen por el que se aprueba la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Sistema Nacional de Investigación en materia de Seguridad Pública, en voz de la senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath

Compañeras, compañeros senadores, quiero compartir con ustedes un estudio pormenorizado con base en la minuta de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en materia de seguridad pública, resaltando sus implicaciones, beneficios para el pueblo de México y un marco comparativo internacional que avala su contenido normativo.

La seguridad pública es un componente esencial de la seguridad nacional. La minuta analizada propone la expedición de una ley especializada en investigación e inteligencia para robustecer la prevención y persecución de delitos mediante un sistema interconectado científico, legal y éticamente fundado. Esta propuesta responde a los desafíos contemporáneos del crimen organizado, las violencias sistemáticas y las amenazas híbridas.

El objeto de la ley es regular el párrafo 13º del artículo 21 constitucional. Su fin es establecer y coordinar el Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en materia de seguridad pública bajo principios de legalidad, derechos humanos y coordinación interinstitucional. La estructura institucional es el Consejo Nacional de Inteligencia en Seguridad Pública, el órgano superior de dirección y deliberación.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana coordina el sistema. El Centro Nacional de Inteligencia, que conocemos como CNI, ejecuta tareas operativas, gestiona la Plataforma Central de Inteligencia y produce análisis, las herramientas normativas, la creación de la Plataforma Central de Inteligencia interconectada con registro de entes públicos y privados, participación de grupos de trabajo especializado en investigación patrimonial, criminal, financiera, registral y probatoria, reconocimiento de productos de inteligencia como instrumentos de valor jurídico para la persecución de los delitos, beneficios para el pueblo de México, la reducción de la impunidad, la interconexión entre sistemas de información públicos y privados, optimiza el acopio de datos de prueba fortaleciendo las carpetas de investigación del Ministerio Público de acuerdo a las facultades constitucionales que le son dotadas específicamente a el representante social.

Por otra parte, tenemos la prevención y estrategia de delitos. El análisis criminal prospectivo permite anticipar fenómenos delictivos y amenazas emergentes, reduciendo riesgos a la población. Hablemos de seguridad privada, seguridad interior, seguridad nacional y seguridad pública, porque estamos en el concepto del trabajo que ya logramos en periodo anterior con la senadora Juanita, que logramos las reformas constitucionales del 73, donde ya incluimos seguridad privada.

Hoy estamos trabajando con la Ley Orgánica para Seguridad Privada, que es un concepto más que debe ser introducido dentro de la historia de la doctrina jurídica para lograr la clasificación y lograr la comprensión de qué significa cada seguridad en este país. La transparencia y control. Aunque el sistema contiene elementos de reserva, se garantiza el respeto a la Ley General de Protección de Datos Personales.

Es un tema que ha estado muy debatido. Se garantiza la protección de datos personales y la Ley General de Transparencia. Mejora de la percepción de seguridad, la coordinación y respuesta más rápida de delitos de amplio impacto, homicidios, secuestros, feminicidios, desapariciones.

Aumenta la confianza ciudadana en las instituciones. Fortalecimiento del federalismo cooperativo. Articula a la federación, los estados, los municipios, mediante mesas de trabajo y protocolos homologados respetando la autonomía local.

Marco comparativo, es muy importante, del derecho internacional. Estados Unidos, Patriot Act y FISA. El modelo estadounidense incluye el uso de inteligencia en tiempo real y cooperación entre agencias.

Su sistema de fusión Center es semejante a plataforma central propuesta. La Minuta Mexicana guarda equilibrio en los derechos humanos, a diferencia de ciertas críticas internacionales al Patriot Act. España, la Ley Orgánica 22002 del Control Judicial del Centro Nacional de Inteligencia Español.

El uso de inteligencia debe pasar por autorización judicial para medidas invasivas. La Minuta Mexicana, mediante el uso de datos respetados, principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad alineándose con esta doctrina. Colombia, sistema penal acusatorio con inteligencia policial.

El país sudamericano integra el análisis de inteligencia en investigaciones bajo supervisión judicial, al igual que la Minuta Mexicana, propone mediante el Ministerio Público. Hay más avance en esta propuesta porque ustedes recuerden, cuando se inicia la acción penal es a través de la carpeta de investigación con facultades del representante social, que es el Ministerio Público, que en un momento dado determina si se judicializa o no el hecho delictivo. Entonces, no se espera que esté ante el juez, porque hay que prevenir también que los inocentes no sean llevados a la judicialización y que tampoco se queden impunes los hechos delictivos.

Gracias, compañeros.