
18 de junio de 2025
Conferencia de prensa senadores Morena apropósito de la aprobación del dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y se reforman los artículos 11 bis y 400 bis del Código Penal Federal
Senador Javier Corral Jurado, presidente de la Comisión de Justicia: Bien, muchas gracias por atender esta conferencia que abrimos con el propósito de ampliar la información que ustedes quieran sobre los contenidos del dictamen que se acaba de aprobar en las comisiones unidas de justicia y de estudios legislativos, con el propósito de complementar o aclarar alguna duda que de la discusión en el seno de las comisiones haya surgido.
En primer lugar, yo quisiera señalar con relación a algunas de las cosas que se plantearon en esta discusión, es que la iniciativa no responde, como se dijo, al momento coyuntural específico que vive la relación México-Estados Unidos. Recordemos que la iniciativa se presentó desde el 31 de octubre del año pasado, de hecho ni siquiera estaban resueltas las elecciones en Estados Unidos.
Responde a un compromiso de actualización de nuestra legislación por recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), derivadas de la Cuarta Ronda de Evaluación, que en el Informe de Evaluación Mutua de 2018 se hicieron una serie de recomendaciones a nuestro país en distintos ámbitos, varios de ellos en el ámbito legislativo, y por lo tanto lo que la iniciativa recogió fue el conjunto de las recomendaciones y de las observaciones de GAFI.
Tampoco es cierto que nuestra iniciativa o dictamen es un espejo o correspondencia a lo que está haciendo Estados Unidos en esta materia. Nos permitimos informarles que en este sentido, México se adelanta incluso a Estados Unidos en la legislación. Estados Unidos tiene particularmente en actividades vulnerables no financieras una legislación muy laxa, muy débil.
Incluso han dado pasos atrás en temas como el de beneficiario controlador o beneficiario final. Esta legislación se coloca incluso, muy por encima, de lo que hoy por hoy tiene los Estados Unidos, y estamos teniendo varios de los estándares internacionales más importantes. Estamos homologándonos con los estándares internacionales más avanzados.
Como se dieron cuenta, se hicieron dos modificaciones mediante reserva. Una de ellas pues responde, precisamente, no solamente a escuchar al propio GAFI en una reciente reunión con relación a las organizaciones sin fines de lucro, sino también nos hemos hecho eco de un conjunto de peticiones, o concretamente de una petición que nos hicieron llegar organizaciones de la sociedad civil, más de 50 organizaciones de la sociedad civil, que remitieron a las comisiones de estudios legislativos y de la Comisión de Justicia una petición. Contribuir en la construcción de una regulación en materia antilavado, con una mirada preventiva, proporcional y específica, pero con un impacto diferenciado. Y en este sentido, la propuesta de reserva del senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara, se hizo eco de esta petición que recibimos de más de 50 organizaciones de la sociedad civil.
La otra reforma tiene que ver, el otro ajuste del día de hoy, tiene que ver con eliminar el umbral que se imponía en el monto para notarios, los umbrales para notarios y corredores públicos. Al quedarse solamente para notarios, se colocaba en desventaja al sector de la correduría pública. Y entonces decidimos eliminar los umbrales, para que estén en igualdad de circunstancias quienes realizan tareas similares y juegan riesgos similares. Estos dos fueron los dos ajustes que se hicieron.
Yo quiero agradecer a todos los que participaron en el grupo de trabajo. Tuvimos un grupo de trabajo interinstitucional muy vigoroso, en donde participaron las principales dependencias del gobierno federal, que están encargadas de la práctica-operación de esta ley.
Bueno, obviamente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Unidad de Inteligencia Financiera, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por supuesto la Procuraduría Fiscal Federal, la Fiscalía General de la República, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.
Pero particularmente quiero destacar algo que hoy no tuvo el énfasis o la relevancia debida. Atendimos no solamente un parlamento abierto, que se verificó en enero. Atendimos en varias ocasiones a distintas organizaciones, actores estratégicos relevantes de este sector, del sector financiero, del sector económico de nuestro país, y obviamente las nuevas actividades que se someten a vigilancia de la ley, como fueron notarios, corredores, contadores públicos, inmobiliarios, etc.
Tuvimos varias reuniones con la Asociación de Bancos de México, varias reuniones, no una. Y pudimos ir trabajando en adecuar y en ajustar el texto de la iniciativa, incluso el proyecto de dictamen. Y por supuesto que estamos muy agradecidos también con esa colaboración experta. Sin más, abrimos el espacio a preguntas o a dudas que ustedes tengan sobre el dictamen.
Pregunta: Mi pregunta es en el sentido de hasta dónde va a llegar esta reforma, sobre todo para la situación que están buscando todos los sectores de México para combatir el lavado de dinero, en el cual inclusive funcionarios están inmiscuidos. ¿Cómo van a poder localizarlos y hacer valer estas reformas que hoy han aprobado en comisión?
Senador Javier Corral Jurado: Bueno, ese es precisamente el objeto de la reforma, actualizarla para fortalecer las capacidades del Estado en tareas de prevención e identificación. Llamo la atención sobre estas dos palabras. Esta es una ley federal de prevención e identificación. Se trata de detectar actividades sospechosas en materia de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo. No es, por supuesto, una ley penal. Esto no es cierto.
Lo que hace es fortalecer capacidades, imponer obligaciones a los actores que realizan actividades vulnerables, afianzar una coordinación interinstitucional entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el sector financiero y otras autoridades.
Es una ley que lo que hace es poner al día, es una reforma, perdón, que lo que hace es poner al día una ley pues que tenía 10 años sin actualizarse y que ha incorporado nuevas actividades, se han llamado virtuales, estamos hablando de economías virtuales, las criptomonedas, ¿no?
Y en ese sentido refuerza el combate a lavado de dinero y al financiamiento al terrorismo desde la parte preventiva administrativa. Eso es lo que es la ley y es lo que lo que hace. Sigue estando en la tarea exclusiva del Ministerio Público la persecución de los delitos en estos temas. Por lo tanto, no es tal, es lo que se dice de que aquí…
Pregunta: Contribuye con elementos para que haya mejor investigación de las autoridades judiciales… contribuyen.
Senador Javier Corral Jurado: Sí, claro, por supuesto. Y clarifica, amplía definiciones, amplía el objeto de la ley al financiamiento al terrorismo. Actualiza incluso en términos de cómo se miden umbrales y sanciones porque se contaba con el salario mínimo. Muchas de las legislaciones se han estado actualizando incorporando la UMA, que es una unidad de medida y actualización precisamente para que, con motivo de inflación y todos los procesos no se devalúen, ni sanciones ni umbrales.
Pregunta: Senador, buen día. Preguntarles en torno a este artículo que se suprime que es de las personas políticamente expuestas. Preguntarles si podrían ampliar un poco más la razón de por qué es esta supresión del artículo y a qué se debe.
Senador Javier Corral Jurado: No, no, no, no se suprime. Al contrario, lo que hace el proyecto de dictamen es generar la definición de personas políticamente expuestas para dar un principio de certeza y de certidumbre jurídica. Ya están en diversas disposiciones reglamentarias las personas políticamente expuestas. Lo que ahora solamente se hace es llevar a la ley el concepto, no que se suprima.
Pregunta: Entonces podríamos decir que sigue vivo esta parte.
Senador Javier Corral Jurado: Sí, claro, ahora se da rango de ley a la definición, por supuesto.
Pregunta: Claro, también preguntarles ya para finalizar. Esta nueva ley obedecería a las intenciones del gobierno actual de un combate ya un poco más intenso en contra del, vamos a llamarlo así, del narcotráfico con respecto a los últimos días que se han venido presentando presiones de Estados Unidos para este combate o a qué responde.
Senador Javier Corral Jurado: A ver, contribuirá, sin duda. Primero, no es una nueva ley propiamente dicho, es una reforma a diversas disposiciones de la ley, incluso a reformas al Código Penal, a dos artículos, el 11 bis y el 400 bis. Propiamente dicho, no es una nueva ley.
Esta ley viene desde el 2014, cuando se promulgó. Lo que hemos hecho es una actualización de varios de sus artículos, pues conforme la dinámica que tienen las formas de lavado de dinero del financiamiento al terrorismo y, por lo tanto, lo que hace es contribuir con uno de los aspectos más importantes que es detectar a tiempo aquellas operaciones que son relevantes y sospechosas y que pueden conducir a un delito de lavado de dinero. O sea, sí fortalece la capacidad del Estado para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. No es una nueva ley.
Senador Enrique Inzunza Cázares, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos: Yo creo que, de manera así pegagógica, un poquito interpretando el sentido de la pregunta que nos ha dicho el compañero de La Razón, yo quisiera enunciar los aspectos destacados que incluye el dictamen y, por ende, que son materia, digamos, de modificaciones del nuevo texto que tendrá a partir de que se discute y se apruebe en el Pleno la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Por ejemplo, se incorporan nuevas actividades vulnerables. Se incluyen ahí el desarrollo inmobiliario, la comercialización de activos virtuales, las llamadas criptomonedas, la prestación de servicios de fideicomiso y otras actividades financieras no tradicionales que no estaban. Ahora estarán en la lista de actividades vulnerables. Las personas o entidades que realicen estas actividades deberán cumplir fidedignamente con la identificación y reportar a los beneficiarios finales, así como todas las operaciones sospechosas.
Se refuerza la obligación de identificar y de reportar al beneficiario controlador o beneficiario final en todas las actividades vulnerables, garantizando un monitoreo más efectivo sobre quién controla o quién, y este es el punto, se beneficia realmente de las transacciones financieras.
Se actualiza la definición de, es importante, relación de negocios para incluir tanto las relaciones formales como las transacciones ocasionales y también se añade la obligación de verificar y documentar la identidad de los beneficiarios finales involucrados en dichas relaciones.
Diré también, y con esto para no ser exhaustivo, entiendo que el dictamen ustedes tengan la oportunidad, desde luego, de leerlo con minuciosidad, que los avisos deberán ahora, también eso es una facilitación para los actores de alguna manera concernidos con esta ley, que los llamados avisos podrán ser presentados electrónicamente, lo que va a agilizar el proceso y facilitará la supervisión por parte de las autoridades responsables y se amplía, como ya se dijo, la obligación de reportar tanto transacciones concluidas como intentadas.
Yo solamente concluyo diciendo que efectivamente es una actualización de esta legislación con base en las recomendaciones del GAFI, pero que sin duda va a redundar en generar un instrumento mucho más sólido, mucho más robusto, para apoyar la actividad de todo el Estado mexicano en la identificación, en la prevención y también, desde luego, en el combate al delito de, coloquialmente conocido como el lavado de dinero, porque también en la parte penal, en la parte del 400 bis, se establece la posibilidad de que la Secretaría de Hacienda tenga el carácter de víctima, y esto con la idea de que sea una institución que vele por el interés que representa el beneficio de las y los mexicanos.
Pregunta: Hablaban del término sospecha. ¿Cuál es el margen, o cómo se puede entender el entorno de la sospecha? ¿Hasta dónde va a llegar esto de la sospecha? Sin una base ya de mayor investigación, que nos dé pruebas de que no solamente se queda en la sospecha, y con base en la sospecha se puede investigar alguna persona en particular o algún particular. No me queda muy claro, si nos pudieran hacer el favor de explicarnos. Y si se eliminó, comentaban el asunto de investigar a partidos políticos y entidades religiosas, si nos pueden explicar un poquito más eso.
Y la otra, la última, si se le va a dar facultades a las Fuerzas Armadas, bueno, a la Guardia Nacional, para investigar hasta dónde podría llegar esta investigación, si está o no está definitivamente esta cuestión. Gracias.
Senador Javier Corral Jurado: A ver, si me permite, yo empezaría por esto último, que me parece muy importante. A ver, creo que este último asunto se ha quedado ahí en cierta confusión, porque efectivamente una senadora ha introducido una interpretación pues absolutamente incorrecta de este dictamen. Quisiera sólo calificarlo como un tema de desconocimiento, incluso de falta de lectura del dictamen, porque eso no dice el artículo 6, ella se refirió a la fracción 7, creo que es la fracción…
Préstame tantito el dictamen, por favor, la fracción séptima del artículo 6, en donde se dice que la Secretaría de Hacienda coordinará funciones con la Guardia Nacional y la Secretaría de Seguridad. Ella dijo: para investigar delitos de lavado de dinero, y se dijo que se le va a invitar a los militares, facultades de investigación sin controles. Bueno, eso no es lo que dice el texto.
Si ustedes me permiten lo voy a leer, porque es un asunto muy importante aclarar, qué bueno que lo preguntan. Dice el artículo 6, en lo que es fracción octava, no es séptima, es octava: coordinar sus funciones con las de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Guardia Nacional para los fines de esta ley. Esta ley de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en términos de las disposiciones aplicables y en el ejercicio de las atribuciones que establezca el reglamento interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Bueno, en primer lugar, lo que hay que decir es que los fines de esta ley, es decir, fines preventivos en el ámbito preventivo y administrativo, no penal. Hay que tener claro que esta ley tiene como objeto la prevención y detección, ¿de qué?, de operaciones sospechosas, no la investigación penal. Por lo tanto, esa lectura, pues es incorrecta.
No quiero decir que haya sido de mala fe, pero todos sabemos que esa función por mandato constitucional la tiene en exclusiva el Ministerio Público. La reforma no da, es falso, no da nuevas facultades penales ni rompe ningún control judicial. Lo que busca, sí, es reforzar la coordinación interinstitucional entre la Secretaría de Hacienda, la Guardia Nacional y la Secretaría de Seguridad, para la prevención y para la detección de esas operaciones sospechosas.
Entonces, en resumen, no se están ampliando competencias de la Guardia Nacional ni de los militares, nada. Eso absolutamente es falso.
Senador Enrique Inzunza Cázares: Yo querría añadir, para hacer, digamos, este tema tan importante, tan delicado, de meridiana claridad. La ley federal para prevenir e identificar, efectivamente la ley del orden preventivo, administrativo, y el Código Penal, desde hace muchos años, establece en el 400 bis un delito, un delito que, como todos los delitos, corresponde constitucionalmente investigarlo a la institución del Ministerio Público. Y la institución del Ministerio Público, para la investigación de los delitos, de todos los delitos, cuenta con auxiliares.
Por cierto, y la senadora Viggiano, lo nombraré porque ha sido ella quien ha manifestado esta duda, no es la primera vez que, de alguna manera, pareciera que la reforma publicada al artículo 21 constitucional del día 31 de diciembre de 2024, parece que ella no la leyó o le pasó desapercibida.
Voy a leer el artículo 21 en su párrafo primero. Constitucional, reformado el 31 de diciembre de 2024: La investigación de los delitos, de los delitos, corresponde al Ministerio Público, a la Secretaría del Ramo de Seguridad Pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías en el ámbito de su competencia, y esto es lo más importante, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función. Así es, el Ministerio Público.
Pregunta: Sí, yo digo, hay varias dudas del alcance que tiene la reforma o la ley que están aprobando. Una de ellas es si efectivamente con estas reservas que se hicieron, se quedan fuera los partidos políticos y los sindicatos o no quedan fuera, entendiéndose que no son entes con fines de lucro, que es lo que vimos que se quitó de la reserva. ¿Es así o no es así? Esa sería mi primera pregunta y si quieren les hago otra más.
Senador Javier Corral Jurado: La primera, lo que se elimina es lo referente a la definición general de organizaciones sin fines de lucro. Partidos políticos y sindicatos se quedan en el 51 bis como sujetos de la obligación de informar. Ya actualmente los partidos políticos y sindicatos son requeridos para información en este sentido.
Hoy lo que se hace es también en la ley desarrollar esa obligación, pero lo que se elimina es el concepto general de OSC, vamos a decirlo de esta manera, porque ahí hay distintas figuras jurídicas y para no tener efectivamente y no caer en una generalización se prefirió eliminar. Solo quedan partidos políticos y sindicatos en el 51 bis.
Pregunta: Y precisamente tratándose de los sindicatos y partidos políticos, digamos estarían expuestos de alguna manera, porque así lo han expresado la oposición básicamente, estarían expuestos o no a algún tipo, digamos, de coerción, de presión por tener que, digamos, rendir estos informes. Y la otra es si, efectivamente hay congelamiento de cuentas dentro de la reforma, o sea, como parte de la reforma, si habría el supuesto de una posibilidad de que se les congelaran las cuentas a sindicatos y partidos políticos.
Senador Javier Corral Jurado: A ver, en primer lugar se hizo también una afirmación de que se iban a poder investigar todas las cuentas bancarias de todos los mexicanos, pues eso es una verdadera falacia, es una exageración, es una magnificación que es muy lamentable, porque ante el reto técnico de una discusión, o ante el reto de una discusión técnica, pues se prefiere caer en ese tipo de descalificaciones tan burdas. No es así. La legislación está orientada a actividades vulnerables que realicen determinados sujetos obligados.
Entonces, ahí hay una exageración. Partidos políticos y sindicatos no pueden ser zonas de impunidad en materia de investigación, de lavado de dinero. De hecho, es un reclamo social que las agrupaciones políticas, los sindicatos, rindan cuentas, porque incluso, en su gran mayoría, se trata de recursos públicos que luego terminan también mezclados con recursos privados, con donativos o donaciones.
Lo que hoy ya incluso son, muchas de ellas, obligaciones en términos de transparencia. Lo verdaderamente sorprendente es la resistencia a que sean sujetos de información para efectos de prevención y de identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, partidos políticos y sindicatos, debieran ser los primeros en animar la transparencia de sus manejos.
¿Por qué? Porque esa información está referida sólo en términos del objeto de la ley, pues no sobre cualquier otra cosa como se dijo, ¿verdad? O sea, no es información sobre lo que plazca a la Secretaría de Hacienda, es en el marco de la ley, y así debemos entender esa disposición. Todo es en el marco y fines de esta ley.
Pregunta: Sí, pero digo, o sea, aquí la duda es, efectivamente, si, digamos, en el supuesto, estamos ya en vísperas de la elección de 2027, y se da el caso de que se le pudieran congelar cuentas a los opositores, o sea, se podría llegar a…
Senador Javier Corral Jurado: No, pero eso no está previsto en la ley, no hay ningún artículo que diga eso. Es falso. Eso es absolutamente falso.
Pregunta: O sea, no hay lugar para que esa situación suceda con esta reforma.
Senador Javier Corral Jurado: Pues es que lo ideal sería que alguien diga, este artículo dice eso. Pues no hay ningún artículo que diga eso. El problema es que se hacen extrapolaciones, magnificaciones. No van a encontrar un solo renglón en ese sentido.
Pregunta: …La cuestión de la sospecha, porque si se va a perseguir a personas físicas, humanas, únicamente por sospechar que están haciendo una actividad ilícita.
Y hay otra cuestión, que no se ataca a todas las actividades de la delincuencia organizada. Por ejemplo, la cuestión de la extorsión. Ya vemos que hasta controlan el precio de las tortillas u otros productos. Entonces, ese dinero es ilícito. ¿Cómo se va a atacar eso? Por ejemplo, la cuestión de la extorsión. ¿Si hay obstáculos para detener este tipo de ilícitos, o tampoco está contemplado en esta ley?.
Senador Javier Corral Jurado: Esta no es la ley penal para combatir el lavado de dinero. Eso ya está en la codificación penal. Hay diversos delitos, tanto financieros, patrimoniales, fiscales y en materia de lavado de dinero.
Esta es una ley de ámbito preventivo y administrativo. Nada más. No se investigan a las personas o instituciones por sospechosas. Lo que se investiga son movimientos financieros relevantes que resultan, por lo tanto, sospechosos de que pudieran constituir mecanismos de lavado de dinero.
Si hay umbrales. La ley tiene un conjunto de umbrales a lo largo de los artículos. No, claro que no. Claro que no hay umbrales.
¿Estos están registrados?
Sí, en la ley.
Senador Enrique Inzunza Cázares: La pregunta que hace el periodista, creo que sí es relevante, pero creo que hay que enfocarla correctamente. Habla del delito de extorsión, pero hablemos de cualquier delito.
Si un grupo de personas, vamos a pensar que forman parte de un grupo de la delincuencia, se dedican a cometer de manera sistemática, reiterada, bajo las reglas que define la ley, por ejemplo, como delincuencia organizada, la extorsión o cualquier otro delito, y los activos mal habidos, productos del delito entran a los circuitos financieros, pues efectivamente eso sí será materia de las funciones que ejerce la Secretaría de acuerdo con este marco regulatorio.
Lo ha hecho antes y lo seguirá haciendo ahora con el añadido, por ejemplo, por ejemplo, se incluyó como actividad vulnerable el tema de los desarrollos inmobiliarios, que yo creo que no se incurre en ninguna revelación si se dice que en muchos lugares ha sido este un mecanismo mediante el cual se introducen recursos de procedencia ilícita, y como no estaban incluidos dentro de los rangos de las actividades vulnerables, de alguna manera no tenían o no estaban dentro del foco de la posibilidad de actuación de las autoridades que tienen esta responsabilidad. No sé si me explico, es en cualquier delito donde los activos que de ahí se produzcan pudieran introducirse al sistema financiero mexicano.
Pregunta: Senador, lo que comentaba hace un momento, ¿cómo va la ley de telecomunicaciones y radiodifusión si entra en el periodo extraordinario que empieza el lunes? Y si hay periodo, porque por ahí el senador Añorve dice que no va a haber.
¿El senador quién?
-Añorve.
Senador Javier Corral Jurado: Ah bueno, a lo mejor tiene más información que nosotros. Bueno, el periodo extraordinario lo convoca la Comisión Permanente y hasta que no haya una nueva Comisión Permanente sabremos si hay o no periodo extraordinario y como ustedes saben está convocada para el próximo viernes, ahí sabremos si habrá o no un periodo extraordinario de sesiones.
Nosotros como ustedes saben hemos trabajado en incorporar varias de las propuestas, sugerencias de modificación que se hicieron en los conversatorios y hemos venido trabajando con los presidentes de las comisiones dictaminadoras.
De hecho, nos reunimos recientemente con los presidentes de estudios legislativos, de comunicaciones, y de radio y televisión y lo que vamos a hacer es a reformular el dictamen.
Efectivamente había una mala interpretación con relación al turno legislativo que se ha aclarado. Hemos revisado cuál fue el trámite que dictó el presidente de la mesa directiva del Senado, senador Noroña, incluso que fue aprobado por el Pleno del Senado.
Dice textualmente: que se regresa el dictamen de las comisiones para su reformulación. Pues esto nos permite hacer realmente un ajuste más articulado, más armónico por la vía de una reformulación del dictamen que a través de reservas o una gran reserva que habíamos anunciado. Y estamos trabajando en el seno, de los presidentes de las comisiones en esa reformulación.
Pregunta: Y aunque no esté el viernes va al extraordinario de todos modos.
Senador Javier Corral Jurado: En el extraordinario se enlistan los temas que son susceptibles de ser aprobados en el extraordinario y si hay condiciones para someterlos al Pleno del Extraordinario se hace. Se pueden enlistar varios y los que no estén listos pues se pueden bajar. Lo que no puede haber es que se puedan subir nuevos, no se pueden incorporar nuevos temas.
Pregunta: ¿Cómo van los trabajos? ¿Ya avanzaron?
Senador Javier Corral Jurado: Sí, muy avanzados. De hecho, hicimos una disección de las propuestas de los conversatorios y de ahí se retomaron muchas, muchas propuestas de cambio.
Estamos trabajando esta semana y todo el fin de semana que entra para estar en condiciones de, si se incorpora al periodo extraordinario de sesiones, convocar a comisiones unidas, los presidentes, las mesas directivas y que pueda ser materia de…
Pregunta: Senador, podría ser que este viernes, como casi es un hecho, se convoca al extraordinario, se enlista y ustedes en la semana terminan de aprobar el dictamen en comisiones?
Senador Javier Corral Jurado: Esa es la información que nosotros tenemos, de que previsiblemente este próximo viernes se convocará a un periodo extraordinario de sesiones. Hasta ahora no tenemos información distinta, salvo la que usted comenta de su fuente, con apellido Añorve.