o Eréndira Sandoval es licenciada en Economía, cuenta con amplia trayectoria en temas de corrupción, transparencia y rendición de cuentas.
El Senado de la República turnó a la Comisión de Gobernación la propuesta de nombramiento del presidente, Andrés Manuel López Obrador, para ratificar a la ciudadana Irma Eréndira Sandoval Ballesteros como titular de la Secretaría de la Función Pública.
A través de un oficio enviado por la Secretaría de Gobernación, se solicitó la ratificación de la propuesta con fundamento en lo dispuesto en los artículos 74, fracción III, 89, fracción II, párrafos primero y segundo.
Asimismo, 91 de la Constitución y 37, último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que confieren al Titular del Ejecutivo Federal la Facultad para nombrar a los secretarios de Estado, con la ratificación del Senado de la República.
Irma Eréndira Sandoval es licenciada en Economía por la Universidad Nacional Autónoma de México y Licenciada en Sociología por la Universidad Autónoma Metropolitana. Cuenta con Maestría en Estudios Latinoamericanos por la Facultad de Ciencia Políticas y Sociales de la UNAM, y Maestría y Doctorado en Ciencia Política por la Universidad de California, en Santa Cruz, Estados Unidos.
Investigadora Titular Definitiva en el Área de Gobierno, Procesos y Actores Sociales (2013 a 2018) y Coordinadora y Fundadora del Laboratorio de Documentación y Análisis de Corrupción y la Transparencia (2006-2018) en el Instituto de Investigaciones Sociales. Fue Investigadora Universitaria, Nivel “D” en el Programa de Primas al Desempeño del Personal Académico de Tiempo Completo (2003-2018). Actualmente es Investigadora Nacional, Nivel III, del Sistema de Investigadores del Colegio Nacional de Ciencia y Tecnología (2006-2018).
Es autora de diversos libros y ha colaborado en revistas en materia de transparencia, rendición de cuentas y contra la corrupción. Fue diputada Constituyente de la Ciudad de México (2016-2017).
Acuerdo para procesar el nombramiento
La Comisión de Gobernación será la encargada de verificar que el expediente permita acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo. Después, elaborará el dictamen para considerar si es viable o no la ratificación.
Posteriormente, el dictamen será enviado a la Mesa Directiva para que ésta lo someta a consideración del Pleno. En caso que la Comisión no elabore el dictamen, la Mesa resolverá lo conducente.
La aprobación en el Pleno deberá ser por votación nominal, de conformidad con lo establecido por el 243 del Reglamento del Senado de la República.
La persona que resulte ratificada por el Senado deberá presentar la protesta de ley ante el Pleno, en la sesión que acuerde la presidencia de la Mesa Directiva.