En el Senado de la República se dio trámite de primera lectura a dos dictámenes con proyecto de decreto para reformar la Constitución Política: uno para fortalecer la capacidad del Estado sobre el sector energético, y otro que considera al sistema ferroviario como un área prioritaria para el desarrollo nacional.
Los cambios a los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna están encaminadas a reemplazar el concepto de “empresas productivas del Estado” por el de “empresas públicas del Estado”.
Con ello, se pretende preservar la seguridad y autosuficiencia energética de la nación, y proveer al pueblo de electricidad al menor precio posible; además, se precisa que no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en áreas estratégicas como el litio y el servicio de Internet que éste provea.
Por otro lado, la reforma al artículo 28 de la Constitución Política plantea al sistema ferroviario, para transporte de carga y de pasajeros, como un área prioritaria para el desarrollo nacional.
De esta manera, los legisladores buscan que el Estado retome el control estatal sobre las vías ferroviarias, específicamente para la prestación del servicio de pasajeros, algo que había sido descuidado desde la privatización del sector en los años noventa.